A la Delegación Regional de la Costa
Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires
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Ref.: SOLICITUD DE INTIMACIÓN URGENTE – JEFATURA DISTRITAL, CONSEJO ESCOLAR DE LA COSTA Y MUNICIPALIDAD DE LA COSTA – EMERGENCIA POR HECHOS REITERADOS DE INSEGURIDAD EN INSTALACIONES DE GAS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Municipio La Costa 2 de julio 2026
Quien suscribe, en mi carácter de Secretaria General de la seccional SUTEBA de La Costa– Gral. Lavalle Asociación Sindical con Personería Gremial Nº 1418, fijando domicilio electrónico mardeajo@suteba.org.ar y físico en la sede gremial sita en la localidad de Mar de Ajó, Blanco Encalada 439 entre Quinteros y Libres del Sur, en representación de las y los trabajadores de la educación de este distrito, me dirijo a usted con el objeto de solicitar la urgente intervención de este Ministerio y la subsiguiente intimación perentoria a la Jefatura Distrital de Educación de La Costa, al Consejo Escolar de La Costa y al Ejecutivo Municipal del Partido de La Costa, en virtud de los graves hechos de inseguridad que vienen aconteciendo de manera sistemática en diversas instituciones educativas del distrito.
- HECHOS Y ANTECEDENTES
En un lapso menor a las dos semanas se han registrado múltiples siniestros y contingencias que se encontrarían vinculadas al mal estado o fallas de las instalaciones y artefactos de gas, lo que configuraría un escenario de riesgo técnico y colectivo extremo que amenaza la vida y la salud de estudiantes, docentes y auxiliares:
17/06 – EP N° 4 de Santa Teresita: Explosión de una estufa dentro de un aula durante el turno mañana.
23/06 – EP N° 11 y ES N° 14 de La Lucila del Mar: Evacuación preventiva del establecimiento debido a una pérdida de gas originada en un artefacto de la cocina.
24/06 – EP N° 14 de Aguas Verdes: Escape de gas aparente en la estufa del comedor; el equipo directivo se vio forzado a suspender de forma preventiva el turno mañana del jueves 25/06.
26/06 – Jardín N° 904 de Mar del Tuyú: Evacuación total del establecimiento durante el turno tarde luego de que el cuerpo docente percibiera un intenso olor a gas en los pasillos.
29/06 – EP N° 13 de Santa Teresita: Pérdida de gas en una estufa que continuó perdiendo fluido a pesar de haberse cerrado la llave de paso del propio artefacto. Motivó la evacuación y posterior suspensión de clases presenciales.
29/06 – EP N° 11 y ES N° 14 de La Lucila del Mar: Nuevo incidente reportado, consistente en un fuerte olor a gas generalizado en el patio y pasillos, lo que derivó en una nueva evacuación de emergencia.
02/07- JI 912 de Santa Teresita: durante el mediodía se detecta pérdida de gas en estufa dentro de aula del jardín de infantes. Se activó protocolo por parte del Equipo de Conducción.
A esta situación se suma la falta de cumplimiento en la cantidad de MATAFUEGOS funcionales en los 56 edificios escolares. En el mes de enero, febrero y marzo el Consejo Escolar -por normativa- debió realizar reposición y recarga de todos los matafuegos vencidos y/o que no estaban en condiciones óptimas de funcionamiento. La Presidente del Consejo Escolar, María Candela López, informó en reunión de UEGD de este 1° de julio de 2026 que esa normativa NO FUE CUMPLIDA ya que sólo se repuso 1 matafuegos por edificio escolar. Según normativa vigente 7/13 anexo III: “En todos los casos debe instalarse como mínimo un matafuego cada 200 m2 de superficie a ser protegida. La máxima distancia a recorrer hasta el matafuego será de 15 metros”
Reparación de artefactos de gas y manipulación del mismo con estudiantes, docentes y auxiliares en horario escolar: el Consejo Escolar de La Costa envía a sus proveedores gasistas en horario escolar a realizar la reparaciones y revisiones de artefactos con gas. Actuación que está prohibida por la normativa vigente poniendo en peligro la vida de la comunidad educativa dentro del establecimiento,
- FUNDAMENTO NORMATIVO
Esta grave situación infringe abiertamente los principios de prevención y seguridad laboral tutelados por la Ley N° 14.226 (Participación de los Trabajadores en Salud y Seguridad en el Empleo Público), las Leyes Nacionales N° 19.587 y N° 24.557, y de forma específica las directivas de la Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad (CoMiSaSEP) bajo la Recomendación N° 7/13 y sus anexos de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE). Artículos 6, 7 ss y cc de La Ley 10579, articulo 14, 14 bis, 16, 17 75 inc 22 ss y cc de la Constitución Nacional y sus correlativos de la Carta Magna Bonaerense, así como también el Decreto 2299/11, Reglamento General de Instituciones Educativas, en los Arts. 110 a 116, establece el Plan de Prevención del Riesgo. Fondo de Financiamiento Educativo a través del DECRETO 479/2025 EX-2025-09242115-GDEBA-SDCADDGCYE de la Dirección General de Cultura y Educación por el que se propicia la determinación de la distribución a los Municipios por el “Fondo de Financiamiento Educativo”, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 186/25, las Leyes Nacionales Nº 26.075 y Nº 27.701.
DECRETO 479/2025 – ARTÍCULO 2º.- “Los Municipios que integran el área territorial del conurbano bonaerense, conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 13.473, deberán destinar como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de los recursos del referido Fondo a la infraestructura escolar. Los restantes Municipios deberán afectar como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de dichos recursos a idéntico destino. La afectación de los recursos a infraestructura escolar deberá realizarse para la mejora de los servicios educativos existentes, priorizando:
- la habitabilidad de los establecimientos educativos de niveles obligatorios;
- ii) la ampliación de establecimientos de niveles obligatorios ya existentes;
- iii) la habitabilidad y/o ampliación en servicios educativos de niveles no obligatorios y
- iv) equipamiento mobiliario y educativo.
Que en este marco se deben priorizar las condiciones de habitabilidad y medidas Preventivas, acorde a la normativa vigente, necesarias para garantizar condiciones dignas y seguras en las instituciones educativas.
III. ACOMPAÑO DOCUMENTACION
1) Presentaciones realizadas al Consejo Escollar de La Costa
2) Presentaciones realizadas a la Jefatura Distrital de La Costa
3) Fotografías que ejemplifican el trabajo de gasistas en horario escolar, sin la evacuación debida o fuera de horario escolar.
No podremos adjuntar ACTA de la reunión de UEGD de este 1° de julio de 2026, en tanto que la misma no fue entregada el culminar la reunión por no haberse terminado de hacer in situ según explicación de la Jefa Distrital, Laura Moramarco.
- PETITORIO Y SOLICITUD DE INTIMACIÓN
Por lo expuesto, y ante la urgencia que impone salvaguardar la integridad física de las comunidades escolares, solicitamos a este Ministerio de Trabajo que intime de modo perentorio a las autoridades educativas locales (Jefatura Distrital y Consejo Escolar) y a la Municipalidad de La Costa a cumplir las siguientes exigencias técnicas y operativas de seguridad:
PERITAJE DEL SINIESTRO EN LA EP 4 DE SANTA TERESITA: se intima a las autoridades a realizar y entregar informe técnico de peritaje de la estufa que explotó en la EP 4 para conocer la causa del siniestro.
PRUEBAS DE HERMETICIDAD: se intime a las autoridades a realizar pruebas de hermeticidad en las instalaciones de gas de todos los edificios escolares que sufrieron y sufrieran escapes, fugas y/o siniestros con gas. En tal sentido se proponga plan de trabajo con celeridad y se certifique etapas.
REVISION INTEGRAL: se intime a las autoridades a una revisión integral de instalaciones con personal idóneo y con proveedora del servicio en conformidad. En tal sentido se proponga plan de trabajo y se certifique etapas.
CUMPLIMIENTO DE LA INSTALACIÓN Y REVISIÓN DE MATAFUEGOS: se intime a las autoridades a la reposición y recarga de todos los matafuegos vencidos y/o que no estén en condiciones óptimas de funcionamiento, así como también a la provisión de nuevos matafuegos en caso de no tener la cantidad indica según normativa.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS ANTE LA REPARACIÓN DE ARTEFACTOS/SISTEMA DE GAS Y/O MANIPULACIÓN: se intime a las autoridades a respetar el protocolo y normativa vigente y se deje de enviar gasistas en horario escolar a realizar la reparaciones y revisiones de artefactos con gas, poniendo en peligro la vida de la comunidad educativa dentro del establecimiento.
IMPLEMENTACIÓN DE JORNADAS DISTRITALES DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIAS Y EN SERVICIO: Se ordene la convocatoria e implementación inmediata de Jornadas Distritales obligatorias, dictadas en servicio y dirigidas a la totalidad de las unidades educativas del distrito de La Costa, destinadas a todo el personal docente y auxiliar. Para que luego desde cada institución se realicen Jornadas con estudiantes y las familias de la comunidad educativa.
OBJETO OBLIGATORIO DE LAS JORNADAS: Conforme a lo estipulado en la Guía para el Control de Emergencias y Evacuación de la CoMiSaSEP (Anexo II), dichas jornadas deberán abordar de manera ineludible:
- a) La actualización integral del Plan de Prevención de Riesgo Institucional ajustado a las realidades edilicias actuales de cada establecimiento educativo.
- b) La revisión y actualización profunda de los Protocolos de Actuación ante Emergencias de origen técnico (especialmente escapes de gas y fuego incipiente), con determinación precisa de la asignación de roles y cadenas de mando (Encargados de Evaluación, Comunicaciones, Apoyo y Evacuación).
- c) La planificación y realización efectiva de Simulacros de Evacuación sistematizados para generar hábitos de entrenamiento colectivos que reduzcan el pánico y ordenen el tránsito hacia los puntos de encuentro seguros.
ACREDITACIÓN DOCUMENTAL DE CUMPLIMIENTO: Se ordene a las autoridades intimadas la presentación y acreditación formal ante esta delegación ministerial del cronograma detallado de implementación, las respectivas constancias de asistencia y realización, y las correspondientes actas con la evaluación de los resultados de cada jornada y simulacro ejecutado.
La seguridad en las escuelas es una obligación legal que los funcionarios de educación no pueden omitir sin incurrir en graves figuras de responsabilidad administrativa y civil.
- RESERVA
Ante la gravedad de las denuncias impetradas hago reserva de iniciar las acciones en el fuero judicial pertinente en resguardo de la comunidad educativa. Conste
Sin otro particular, y a la espera de una urgente y favorable resolución, saludo a usted atentamente.
Proveer de conformidad
Será de buena administración
Consejo Ejecutivo Seccional
Suteba La Costa-Gral.Lavalle
